El Tribunal de Estrasburgo ha avalado la prohibición del uso
del velo islámico en el caso de una trabajadora social que fue despedida por
negarse a quitárselo.
El Gobierno francés prohíbe que los
trabajadores de la administración pública muestren sus creencias religiosas en
público.
Desde 2014 no está permitido llevar «símbolos ostentosos religiosos», incluido
el velo conocido como niqab.
La
prohibición fue extendida a los escolares e, incluso, a los padres que quieran
acompañar a sus hijos en los viajes escolares.
La trabajadora social
Christiane Ebrahimian rehusó quitarse el velo en un hospital Nanterre y fue despedida por
las quejas recibidas de los pacientes.
Tras su despido la mujer llevó su caso a los
tribunales y el pasado jueves el Tribunal Europeo de Derechos
Humanos ha sentenciado que no hubo violación del derecho a la libertad de
religión cuando el hospital le negó la renovación
del contrato.
Después
de varias sentencias contrarias, la demandante decidió llevar el caso al
Tribunal Europeo de los Derechos Humanos en octubre del 2011. Cuatro años
después, el Tribunal falla, como lo hicieron los franceses, en su contra.
El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos ha respaldado con esta
sentencia la decisión de la justicia francesa, que otorgó en su
momento mayor importancia a la defensa del carácter secular del Estado que a
los derechos individuales de la demandante.
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